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El lunes 8 de junio la totalidad del Estado Español estará en fases 2 y 3 del Plan para la Transición a la Nueva Normalidad. A continuación realizamos un cuadro comparando la regulación de las distintas actividades permitidas en dichas fases.
En documentos adjuntos están las guías realizadas por el Gobierno.
ACTIVIDADES QUE NO ESTABAN CONTEMPLADAS EN LAS FASE 2 (Y POR TANTO NO SE PUEDEN COMPARAR)
ACTIVIDADES TURÍSTICAS
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Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta un máximo de 30 personas.
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Se permite la realización de la actividad de guía turístico, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 20 personas. Durante el desarrollo de la actividad se evitará el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones.
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Durante el desarrollo de la actividad no se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.
CENTROS RECREATIVOS TURÍSTICOS, ZOOLÓGICOS Y ACUARIOS
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Aforo limitado al 50% y a un tercio el aforo en las atracciones y lugares cerrados.
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Al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como atracciones, máquinas de entretenimiento, pomos de puertas, mostradores, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, grifos, y otros elementos similares.
CONGRESOS, ENCUENTROS, REUNIONES DE NEGOCIO, CONFERENCIAS Y EVENTOS
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No se podrá superar la cifra de 80 asistentes.
ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DE JUEGOS Y APUESTAS
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No se deberá superar el 50% del aforo autorizado y no deberá haber más de 50 personas en total, incluyendo a los trabajadores del local o establecimiento.
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Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección de cualquier tipo de máquina o dispositivo a través del que se ofrecen actividades de juego, así como de sillas, mesas o cualquier otra superficie de contacto.
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Se establecerán los mecanismos y procesos oportunos para garantizar la higienización, cada dos horas, de las fichas de casino, cartas o cualquier otro elemento de juego que se intercambie entre jugadores.
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Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones, como mínimo dos veces al día.
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Deberá evitarse el uso de cualquier material de uso común entre clientes, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE PARA LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL
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Al aire libre se deberá limitará el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores.
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Cuando las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual; con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores.
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Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.
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