Sanitarios administran la vacuna de AstraZeneca en la Universidad de Sevilla este viernes.Foto de PACO PUENTES / EL PAÍS
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“En tanto que la ley no establezca obligación de vacunarse, no cabe invocar razones genéricas de salud pública o específicamente basadas en la especial vulnerabilidad de determinados grupos de personas para justificar la administración forzosa de la vacuna”. El texto defiende la libertad de decisión individual para prestar o negar el consentimiento a las inyecciones.
El dictamen viene propiciado por algunas resoluciones judiciales que, a instancias de residencias de mayores, autorizan la autorización forzosa de la vacuna a algunos residentes. Estas decisiones, explica la Fiscalía, se sustentan generalmente en razones de salud pública vinculadas al riesgo inherente a la expansión del contagio, la gravedad de la pandemia y, en particular, a la especial afectación a grupos vulnerables.
Pero, en opinión de este órgano, no son razones aptas para imponer la vacunación forzosa, ya que ni la legislación sanitaria ordinaria ni el decreto del estado de alarma se establece el carácter obligatorio de estos medicamentos. “Por lo tanto el propio legislador somete la administración de la vacuna a un régimen de libre consentimiento”, reza el texto.
El rechazo a la vacuna en España está siendo marginal. La secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón, aseguró este jueves que por el momento, después de más de 3,1 millones de dosis administradas, solo un 2% de las que se les ha ofrecido se han negado. Dentro de este porcentaje están también los que no pudieron recibirla por motivos médicos.
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