COVID-19. MUFACE: QUÉ HACER EN CASO DE SÍNTOMAS O POSIBLE CONTACTO.

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MUFACE: QUÉ HACER EN CASO DE SÍNTOMAS O POSIBLE CONTACTO.

MUFACE recuerda a todos sus mutualistas y beneficiarios que están cubiertos al 100% en esta emergencia internacional, tanto si son de adscripción pública o privada, al igual que el resto de usuarios del Sistema Nacional de Salud. Todos los mutualistas van a ser atendidos conforme al protocolo vigente determinado por las autoridades sanitarias.

Una persona con síntomas debe acudir a su sistema de asistencia sanitaria, mientras que en el caso de contacto sin síntomas  estaríamos ante un supuesto de vigilancia epidemiológica, y es competente salud pública de cada comunidad autónoma.(*). 

vea la siguiente infografía y a continuación lea , por favor,  las indicaciones del texto ( si tiene problemas para ver bien el gráfico, entre aquí).

 

SI TIENE SÍNTOMAS COMPATIBLES CON COVID -19

Si cree tener síntomas compatibles con la afección producida por el Covid-19, como  tos, fiebre, y/o falta de aire, etc..,  haya tenido o no contacto estrecho con personas que han tenido resultado positivo en pruebas de Covid-19, no acuda a urgencias, porque es contraproducente para el riesgo de contagio, hágalo por usted y los demás. Debe aislarse en su domicilio y:

  • Si ha elegido asistencia sanitaria de opción pública, debe llamar a los teléfonos específicos de su servicio público de salud. Ver aquí los teléfonos de cada comunidad autónoma.

  • Si ha elegido opción concertada, debe llamar a su entidad de asistencia sanitaria (a su médico o al Centro de Coordinación de Urgencias de la Entidad, según síntomas) para que se evalúe su caso y en su caso se practiquen las pruebas que proceda o se realice seguimiento. Más abajo puede ver los teléfonos y datos de contacto generales y específicos. Para que en su caso se autoricen las pruebas necesitará volante e informe médico.

SI NO TIENE SÍNTOMAS PERO HA TENIDO CONTACTO ESTRECHO CON UNA PERSONA CON RESULTADO POSITIVO EN PRUEBAS DE COVID-19

Si según lo descrito en el documento del Ministerio de Sanidad ha estado en contacto estrecho con una persona que es positiva en pruebas de Covid-19 pero es usted  asintomático, se trata de un supuesto de vigilancia epidemiológica, y en ese caso, teniendo en cuenta que procede el aislamiento:

1) Al haber sido contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado, habiendo siendo comunicado como tal, será Salud Pública de la correspondiente comunidad autónoma la que se pondrá en contacto con usted para determinar las medidas a seguir en cada caso y según protocolo autonómico, independientemente de su adscripción.

2) Si este contacto no se ha producido en los dos primeros días:

  • 2.a) Si ha elegido opción pública de asistencia sanitaria, llame a los teléfonos específicos de su servicio público de salud para que se valore su caso y se  realicen las pruebas. Ver aquí los teléfonos de cada comunidad autónoma.

  • 2.b) Si ha elegido opción de asistencia sanitaria por entidad concertada y es asintomático, también debe llamar a los teléfonos del servicio público de salud de su comunidad autónoma con la misma finalidad que en el caso anterior.

Puede consultar aquí todos los teléfonos, junto con los previstos para información sobre coronavirus, así como la información específica de cada servicio autonómico.

ÁMBITO LABORAL.

Si ha habido un caso confirmado en su trabajo, la situación, a efectos de adopción de medidas, deberá ser valorada por su Servicio de Prevención el cual, tras la oportuna encuesta epidemiológica, determinará cuántos contactos estrechos existen en este lugar, comunicándolo así a Salud Pública de la correspondiente CCAA.

Será Salud Pública quien se pondrá en contacto con usted y/o el mencionado Servicio de Prevención para informarle de las actuaciones a realizar en su caso. según los protocolos de la Comunidad Autónoma de que se trate,.

 

TELÉFONOS Y CANALES DE ATENCIÓN DE LAS ENTIDADES CONCERTADAS.

Si llama  a los  teléfonos de su entidad concertada,  siempre en caso de sufrir síntomas compatibles con infección por Covid-19, le indicarán cómo actuar, y  en su caso deberán hacerle las pruebas que procedan o realizar  el seguimiento de su situación  

• ASISA:

  • Centro de coordinación de urgencias: 900 900 118,

  • Además  en la App se cuenta con la opción de contactar directamente con el Servicio de Emergencias de ASISA

  • Existe un servicio de tele consulta denominado » ASISA LIVE», con el que puede conectar siguiendo las instrucciones de este enlace. [(Abre en nueva ventana)]

• ADESLAS:

  • teléfonos de  orientación sobre el coronavirus y urgencias. 902 109 393 y 932 593 416

  • Número del Centro Coordinación de Urgencias: 900 32 22 37

  • Cuenta con un servicio .de orientación «on line» para dudas relacionadas con el COVID-19, encuéntrelo en este enlace.

  • Además, puede concertar tele consulta con sus facultativos del cuadro médico, por teléfono y por Internet, y también concertar una video consulta con los que están disponibles , en este enlace.

• DKV:

Se han reforzado todos los servicios de salud telemática y digital para facilitar el contacto con los servicios sanitarios, evitando el riesgo de contagio al acudir a los centros:

  • El Médico DKV 24 horas 976 991 199 proporciona asesoramiento sobre la COVID-19 y cualquier otro problema de salud a cualquier hora. Ver enlace.

  • La aplicación móvil Quiero Cuidarme Más ofrece la posibilidad de realizar consultas por chat o videoconferencia, de forma totalmente privada y segura. Ver enlace.

  • Se han puesto medios para que todos los médicos de la entidad tengan la posibilidad de atender a los pacientes mediante consultas telemáticas, a través del teléfono o de vídeo llamada.

  • El Centro Coordinador de Urgencias 900 300 799 atiende cualquier caso en el que se detectan signos de urgencia. Si una vez valorado se recomienda el ingreso hospitalario, se le deriva al centro más adecuado.

• IGUALATORIO QUIRÚRGICO  DE CANTABRIA:

  • Teléfono de atención al cliente 942 229600

  • Teléfono de urgencias 942 224050.

  • Enlace página web 

 

(*) De acuerdo con la legislación vigente, la cartera de servicios de Salud Pública incluye la vigilancia epidemiológica que, conforme el apartado 1.2.2 del Anexo I del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, comprende la  respuesta ante la aparición de brotes y situaciones epidémicas, alertas, crisis, emergencias y desastres sanitarios inducidos por agentes transmisibles, físicos, químicos o biológicos.

Conforme a la Disposición Adicional cuarta de la Ley 16/ 2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (Ley de Cohesión), MUFACE, ISFAS y MUGEJU deben garantizar el contenido de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, pero en materia de salud pública, se exceptúan de la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de dichas Mutualidades las actuaciones de vigilancia epidemiológica, y las acciones generales de protección y promoción de la salud relacionadas con la prevención y abordaje de las epidemias y catástrofes.

 

 

 

 

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UGT Servicios Públicos es una federación de UGT dedicada a defender los derechos e intereses de los trabajadores de los servicios públicos de España.