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UNA SENTENCIA PROHÍBE A LA RESIDENCIA “SANTA ANA” QUE LAS GEROCULTURAS ADMINISTREN MEDICAMENTOS SIN SUPERVISIÓN DE PERSONAL DE ENFERMERÍA

El Juzgado Social 4 estima una demanda de UGT y condena al geriátrico por sus métodos cuando no hay personal de enfermería.

Una sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Santander ha condenado a la Residencia Santa Ana de Santoña por encargar a las geroculturas la administración de medicamentos a sus residentes cuando no existe en el centro personal de enfermería para supervisarlo, en concreto todos los turnos de noche, los sábados y domingos por la tarde, además de los festivos.

El fallo judicial estima una demanda del sindicato UGT que denunció esta práctica del geriátrico porque se atribuía a las gerocultoras funciones profesionales que no las corresponde, salvo que esté presente personal de enfermería que supervise cómo administran los medicamentos a los residentes.

Según el propio texto de la sentencia, rubricada por el magistrado Óscar Ferrer Cortines, “corresponde a las enfermeras la preparación de la medicación y la supervisión de su administración; las geroculturas pueden administrarlo pero siempre que exista tal supervisión y que la medicación haya sido preparada por la enfermera”.

El Juzgado de lo Social recuerda que la Residencia Santa Ana encargaba a las gerocultoras la administración de medicamentos previamente preparados sin la presencia de personal de enfermería y con la indicación de que si surgía alguna incidencia se pusieran en contacto telefónico con la propia enfermera del centro o con el 061.

“El hecho que exista la posibilidad de llamar al 061 o a la enfermera de guardia podrá solventar algunas incidencias puntuales pero impide una supervisión eficaz de la medicación que se administra”, subraya el argumento judicial de la sentencia.

La sentencia considera acreditado que “las gerocultoras realizan funciones de la categoría superior” y recuerda que “en el caso de que la titulación sea indispensable, no se podrán asignar dichos trabajos de superior de categoría, salvo que ostente dicha titulación”, en referencia a la obligada titulación de enfermería.

El fallo judicial añade que incluso “la realización voluntaria de tales tareas por las gerocultoras que posean titulación de auxiliar de enfermería, ni siquiera las otorga el derecho a la retribución propia de la categoría superior de enfermera, como bien sostiene UGT”.

Fiel reflejo de la sobrecarga de trabajo

Esta sentencia es un fiel reflejo de la sobrecarga de trabajo de todas las gerocultoras, a quienes hoy en día se obliga a hacer de todo para cubrir la falta de personal, incluso funciones que claramente corresponden a otros profesionales con los riesgos que supone la falta de titulación. Es evidente que es muy difícil encontrar enfermeras para trabajar por algo menos de 1.350 euros al mes, salario base según convenio, y con esas cargas de trabajo desproporcionadas e inasumibles.

Esas cargas de trabajo desproporcionadas repercuten tanto en la calidad del cuidado del residente como en la salud de las personas trabajadoras. Las condiciones laborales en el sector de la dependencia son tan precarias que ya cuesta encontrar a profesionales auxiliar de geriatría (gerocultoras) para cubrir todos los puestos en residencias, tanto privadas y concertadas como públicas. Si no se modifican esas condiciones, «se agravará el problema”, son bastantes las residencias en nuestra Comunidad Autonoma que por falta de personal suplen el trabajo de las enfermeras y enfermeros con auxiliares, cuidadoras y gerocultores”. Eso tiene dos vertientes: por un lado, «es intrusismo y no garantiza unos cuidados cualificados asignados a la titulación». Por otro, «hacen recaer una responsabilidad sobre las personas trabajadoras que no les corresponde. UGT ya rechazó el último convenio colectivo estatal del sector las tareas de limpieza e higiene en zonas comunes, estancias, ropa y utensilios si se lo requiere la empresa, “sobrecarga” que esta sentencia demuestra. pidiendo todavía

Sabemos que en las residencias actualmente en Castilla y León disponen de recursos mínimos para atender a las personas mayores, incluyendo el personal, pedir aún más al margen del duro trabajo para el que están contratadas, es una irresponsabilidad de las empresas y de las administraciones. La realidad es que “los intereses económicos y comerciales” de las empresas de residencias parecen estar por encima del derecho de las personas residentes y trabajadoras a ofrecer un servicio totalmente íntegro bajo el modelo internacional de la Atención Integral y Centrada en la Persona.

La mayoría de las residencias del entorno rural son de titularidad pública, pero los explotan Clece y Aralia tras recibir concesiones de dinero público. El Gobierno de Castilla y León debe vigilar los centros sociosanitarios, al objeto de reconocer los derechos de las personas trabajadoras. La precariedad no asegura la profesionalidad, las competencias y el tiempo de cuidado. Las ratios deben ser adecuadas al tipo de usuario y grado de dependencia para tener tiempo de cuidar y ofrecer un servicio totalmente íntegro bajo el modelo internacional de la Atención Integral y Centrada en la Persona.

 

 

 

 

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